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POR LA REPRESENTACION EMPRESARIAL
D. MANUEL TORRES GUILLAUMET
D. FRANCISCO BERNAD ALEJOS PITA
POR EL SINDICATO CC.OO.
D. MANUEL CARRERO CORREAS
D. ANTONIO LÓPEZ MONCLÚS
POR EL SINDICATO U.G.T.
D. FERNANDO CASTELLOR FLAMARIQUE
D. ANTONIO RODELLAR PORTA
En la ciudad de Huesca, en los locales de la Federación de Asociaciones de la Construcción de la provincia de Huesca, sitos en la Plaza Luis López Allué n 3, 3º, siendo las 12,30 horas del día quince de noviembre de dos mil ocho, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo en la Industria de la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Huesca, compuesta por las personas arriba reseñadas, que comparecen en su calidad de representantes de la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA PROVINCIA DE HUESCA y de los trabajadores representados por MCA-UGT y FECOMA-CC.OO, actuando en funciones de Secretario D. Manuel Torres Guillaumet.
Abierta la sesión, ambas partes se reconocen representatividad y legitimación suficientes para que los acuerdos que se adopten tengan eficacia general dentro del ámbito de aplicación del Convenio. Con ese objeto, conforme a lo previsto en los artículos 7 y 8 del vigente Convenio Provincial (B.O.P. nº248, de 28 de octubre de 2002), declaran válidamente constituida la comisión paritaria y adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos:
1. Aprobar el calendario provincial para el año 2009, a cuyo efecto se da una nueva redacción del artículo 38.6 del Convenio Provincial.
Artículo 38. Jornada Laboral.
6. Calendario Provincial: Durante el año 2009, a los efectos de alcanzar en cómputo anual una jornada efectiva de 1.738 horas o 217,25 días laborables, se considerarán festivos los días 2 de enero, 5 de enero, 23 de enero, 13 de abril, 24 de abril, 14 de agosto, 9 de octubre, 24 de diciembre, 31 de diciembre. Las otras seis horas festivas se disfrutarán los días que acuerden empresa y trabajador; en defecto de acuerdo al respecto, se disfrutarán las tres últimas horas del día 23 de diciembre y las tres últimas horas del día 30 de diciembre.
Además de los anteriores, serán festivos los dos días señalados como fiestas locales por el Ayuntamiento de la localidad donde cada empresa tenga su domicilio social, que deberán coincidir necesariamente con un día laborable.
Este calendario será de obligado cumplimiento salvo en aquellas empresas que establezcan un calendario propio distribuyendo la jornada laboral, los días laborables y las horas diarias de una forma distinta.
2. Remitir la presente acta y sus anexos junto con la demás documentación requerida por el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, al Servicio Provincial de Huesca del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo de la Diputación General de Aragón, para su registro, depósito y remisión al Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de su publicación, siendo autorizado para ello por unanimidad D. Antonio Rodellar Porta.
Y no habiendo más asuntos a tratar se levanta la reunión, siendo las 13 horas del día expresado, firmando la presente acta en prueba de conformidad todos los presentes.
| Representación empresarial. | Representación de los trabajadores. | |
| Varias firmas ilegibles. | Varias firmas ilegibles. |
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