Ver documentos relacionadosEn Madrid, siendo las 10:00 horas del día 17 de diciembre 2008, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Estatal de Empresas Privadas de Seguridad 2.005-2.008, siendo convocados a la misma los representantes de las asociaciones empresariales, ACAES, AMPES, APROSER y FES, así como los representantes de los sindicatos UGT, USO, CC.OO. y CIG., que la constituyen.
Asistentes:
Por la representación Empresarial:
Por APROSER:
D. Isaac Martínez Carrascal.
Doña Ana Domingo Callejón.
Por AMPES: D. Luis Javier García Echevarría.
Por FES: D. Luis González Hidalgo.
Por ACAES: Representada por D. Luis Javier García Echevarría.
Por la representación Sindical:
Por FeS-UGT: Doña Helena Asensio Guerra.
Por FTSP-USO: D. Fernando Lago Moya.
Por CIG: D. Tomás Martínez Rodríguez.
CC.OO.: No comparece.
Exponen:
Las organizaciones empresariales y sindicales firmantes del Convenio 2005-2008 han recibido la notificación de la Comisión Nacional de la Competencia sobre la apertura de un expediente administrativo que identifica posibles problemas de compatibilidad del artículo 74 del Convenio Colectivo de Empresas Estatales de Empresas de Seguridad con el ordenamiento jurídico vigente, de acuerdo con la interpretación de este órgano administrativo.
Las partes firmantes del Convenio siempre han ajustado su actuación al ordenamiento jurídico vigente atendiendo, en particular, cuantos requerimientos previos a la publicación del Convenio Colectivo han sido formulados por la autoridad laboral competente.
Los representantes de CIG manifiestan que al no ser parte firmante del Convenio Colectivo 2005-2008 no entienden oportuno pronunciarse sobre los términos de esta modificación del artículo 74 del mismo.
En la línea de lo anteriormente expuesto, las partes firmantes del Convenio Colectivo 2005-2008: FeS-UGT y FTSP-USO por la representación sindical y ACAES, AMPES, APROSER y FES por la representación empresarial.
Acuerdan:
1. Declarar la inaplicación del artículo 74 del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad hasta la finalización de la vigencia efectiva del Convenio Colectivo.
2. Notificar el acuerdo contenido en el punto anterior a la autoridad laboral para su correspondiente publicación en el Boletín Oficial del Estado, y a la Comisión Nacional de Competencia.
Y sin más asuntos que tratar, siendo las 11.00 horas, firman la presente acta en prueba de conformidad los asistentes a la reunión.
Firmantes del acuerdo: Por APROSER. Por FES. Por ACAES. Por AMPES. Por FeS-UGT. Por FTSP-USO.
Asistentes a la reunión: Por CIG.
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