Revisión económica del Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad


Código convenio: 9904615
Publicación: BOE 44 - 20/02/2007
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REVISIÓN ECONÓMICA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LAS EMPRESAS DE SEGURIDAD (AÑO 2007).

PREÁMBULO

Una vez conocido por las partes el Indice de Precios al Consumo correspondiente al año 2.006, se procede a la revisión económica del Convenio, de acuerdo con lo pactado en los artículos 73 y 74 del mismo.

Artículo 36. Desplazamientos.

El desplazamiento realizado en un vehículo particular del trabajador, se abonará durante el año 2007 a razón de 0,24 euros el kilómetro.

Artículo 37. Importe de las Dietas.

El importe de las dietas acordadas en este Convenio Colectivo será durante el año 2007:

 Euros
Cuando el trabajador tenga que hacer una comida fuera de su localidad8,74
Cuando el trabajador tenga que hacer dos comidas fuera de su localidad16,12
Cuando el trabajador tenga que pernoctar y desayunar14,79
Cuando el trabajador tenga que pernoctar fuera de su localidad y realizar dos comidas29,57
Si el desplazamiento fuera superior a siete días, el importe de la dieta completa será a partir del octavo día de23,50

Artículo 41. Jornada anual 2007.

La jornada anual efectiva de trabajo se reduce para el año 2007 de 1.788 a 1.782 horas, en cómputo mensual a razón de 162 horas, según está establecido en el Convenio Colectivo vigente.

Artículo 42. Horas extraordinarias.

Valor horas extraordinarias 2007

CategoríasLaborable
-
Euros
Festiva
-
Euros
Personal Administrativo  
   A. Administrativos:  
Jefe de Primera10,3013,60
Jefe de Segunda9,7412,83
Oficial de Primera8,5311,23
Oficial de Segunda8,2010,80
Azafata/o7,6410,05
Auxiliar7,6410,05
Telefonista6,698,84
Aspirante5,827,65
   B. Técnicos y Especialistas de Oficina:  
Programador de Ordenador10,3213,60
Operador/grabador de Ordenador8,5311,23
Técnico de formación y de prevención intermedio9,7412,83
Delineante Proyectista9,7412,83
Delineante8,5311,23
   C. Comerciales:  
Jefe de Ventas10,3013,60
Técnico Comercial9,7412,83
Vendedor8,8311,61
Mandos Intermedios  
Jefe de Tráfico8,8211,56
Jefe de Vigilancia8,8211,56
Jefe de Cámara o Tesorería8,8211,56
Jefe de Servicios8,8211,56
Inspector8,1610,80
Coordinador de servicios8,1610,80
Supervisor CRA7,8210,33
Personal Operativo  
   A. Habilitado:  
Vigilante de Seguridad de Transporte Conductor8,2611,14
Vigilante de Seguridad de Transporte de Explosivos Conductor8,4411,14
Vigilante de Seguridad de Transporte7,7110,28
Vigilante de Seguridad de Transporte de Explosivos7,8910,28
Vigilante de Explosivos7,897,89
Vigilante de Seguridad7,417,41
Guarda Particular de Campo (Pesca Marítima, Caza, etc).7,897,89
   B. No habilitado:  
Operador C.R. Alarmas5,735,73
Contador-Pagador5,566,97
Personal de Seguridad Mecánico-Electrónica  
Encargado10,0213,15
Ayudante Encargado5,407,13
Revisor de sistemas7,579,99
Oficial de Primera9,5312,56
Oficial de Segunda8,0810,94
Oficial de Tercera7,259,51
Especialista5,407,13
Operador de Soporte Técnico5,807,67
Aprendiz4,956,45
Personal de oficios Varios  
Oficial de Primera8,2310,80
Oficial de Segunda7,299,61
Ayudante6,418,39
Peón5,747,58
Aprendiz5,046,62
Personal Subalterno  
Conductor7,579,97
Ordenanza6,268,26
Almacenero6,268,26
Limpiador-limpiadora5,747,58

Artículo 44. Compensación de los días 24 y 31 de diciembre.

Los trabajadores que realicen su jornada laboral en la noche del 24 al 25 de diciembre, así como la noche del 31 de diciembre al 1 de enero, percibirán una compensación económica de 61,18 € en el 2007.

Artículo 60. Seguro colectivo de accidentes.

De acuerdo con lo dispuesto en el Convenio Colectivo, para el año 2007 los capitales asegurados por muerte ascenderán a 28.700,94 euros y los capitales asegurados por incapacidad permanente total, absoluta y gran invalidez, ascenderán a 36.554,33 euros.

Artículo 61. Ayudas a hijos y cónyuge minusválidos.

Las Empresas abonarán a los trabajadores con hijos minusválidos la cantidad de 109,99 euros mensua les el año 2007, por hijo de esta condición como complemento y con independencia de la prestación que la Seguridad Social le tenga reconocida, en su caso, en concepto de ayuda para minusválidos, entendiéndose como tales los así definidos en la legislación aplicable.

Artículo 68. Complemento personal de antigüedad.

Los valores correspondientes a trienios no experimentan variación alguna.

Los valores correspondientes a quinquenios para el año 2007 serán los siguientes:

Tablas valores quinquenios año 2007

CategoríasQuinquenio
-
Euros
Personal Directivo, Titulado y Técnico 
Director General78,97
Director Comercial70,82
Director Administrativo70,82
Director Técnico70,82
Director de Personal70,82
Jefe de Personal62,66
Jefe de Seguridad62,66
Titulado Superior62,66
Titulado Medio/Técnico prevención superior54,50
Delegado Provincial-Gerente54,50
Personal Administrativo 
   A. Administrativos: 
Jefe de Primera50,90
Jefe de Segunda47,14
Oficial de Primera40,12
Oficial de Segunda37,71
Azafata/o33,93
Auxiliar33,93
Telefonista28,26
Aspirante23,96
   B. Técnicos y especialistas de oficina: 
Analista62,66
Programador de Ordenador54,50
Operador/Grabador de Ordenador40,12
Técnico formación/ T.prevención intermedio47,14
Delineante Proyectista47,14
Delineante40,12
   C. Comerciales: 
Jefe de Ventas50,90
Técnico Comercial47,14
Vendedor41,47
Mandos Intermedios 
Jefe de Tráfico46,15
Jefe de Vigilancia46,15
Jefe de Servicios46,15
Jefe de Cámara o Tesorería46,15
Inspector42,40
Coordinador de servicios42,40
Supervisor de CRA40,59
Personal Operativo 
   A. Habilitado: 
Vigilante de Seguridad de Transporte-Conductor y Vigilante de Seguridad de Transporte de Explosivos Conductor36,82
Vigilante de Seguridad de Transporte y Vigilante de Seguridad de Transporte de Explosivos34,14
Vigilante de Explosivos33,62
Vigilante de Seguridad33,62
Guarda Particular de Campo33,62
   B. No Habilitado: 
Operador C. R. Alarmas28,39
Contador-Pagador28,39
Personal de Seguridad Mecánico-Electrónica 
Encargado53,16
Ayudante de Encargado28,77
Revisor de sistemas40,19
Oficial de Primera49,50
Oficial de Segunda43,69
Oficial de Tercera37,88
Especialista28,77
Operador de soporte técnico30,83
Aprendiz24,62
Personal de Oficios Varios 
Oficial de Primera42,85
Oficial de Segunda33,91
Ayudante28,29
Peón28,29
Aprendiz23,98
Personal Subalterno 
Conductor34,31
Ordenanza31,13
Almacenero31,13
Limpiador-limpiadora28,29

Artículo 69. Complementos de puesto de trabajo.

a. Peligrosidad.

Se aplicarán los importes ya previstos en el Convenio Colectivo, salvo para los Vigilantes de Seguridad de Transporte de Explosivos-Conductor, Vigilantes de Seguridad de Transporte de Explosivos, que será para el año 2007 de 137,38 euros mensuales y para el Vigilante de Seguridad de Explosivos, que será de 151,00 euros mensuales para el año 2007, abonable también en las pagas extraordinarias y de vacaciones, que figuran en las tablas del anexo salarial.

b. Plus escolta.

Se establece la cantidad de 250,28 euros mensuales como complemento para el año 2007.

c. Plus de Actividad.

  1. Personal de Transporte de Fondos (Vigilante de Seguridad de Transporte-Conductor y Vigilante de Seguridad de Transporte). El plus de actividad queda fijado para el año 2007 en 118,16 euros mensuales, abonable en pagas extraordinarias y de vacaciones.

  2. Para los Contadores-Pagadores, se aplicará el importe previsto en el Convenio Colectivo para el año 2007 que asciende a 25 euros mensuales.

  3. En relación con el resto de categorías, el plus de actividad para el año 2007 corresponderá al que figure en las tablas de retribuciones del Anexo Salarial.

e. Plus de Radioscopia Aeroportuaria.

El vigilante de seguridad que utilice la Radioscopia Aeroportuaria en la prestación de sus servicios en las instalaciones de los aeropuertos, percibirá como complemento de tal puesto de trabajo, mientras realice el mismo, la cantidad de 1,19 euros por hora efectiva de trabajo, con un máximo mensual de 192,78 euros para el año 2007.

g. Plus de Trabajo Nocturno.

Los valores de las categorías de Vigilante de Seguridad de Transporte-Conductor, Vigilante de Seguridad de Transporte de Explosivos Conductor, Vigilante de Seguridad de Transporte, Vigilante de Seguridad de Transporte de Explosivos, Vigilante de Seguridad, Vigilante de Explosivos, Guarda Particular de Campo y Contador-Pagador serán los ya previstos en el Convenio Colectivo para el año 2007.

Para el resto de categorías, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007 cada hora nocturna trabajada se abonará con los valores que se indican en la siguiente tabla:

Valor horas nocturnas 2007

Categorías2007
Personal Administrativo 
   A. Administrativos: 
Jefe de Primera1,39
Jefe de Segunda1,25
Oficial de Primera1,07
Oficial de Segunda1,03
Azafata/o0,91
Auxiliar0,91
Telefonista0,76
Aspirante0,65
   B. Técnicos y Especialistas de Oficina: 
Programador de Ordenador1,48
Operador/grabador de Ordenador1,07
Técnico formación/tec. Prevención intermedio1,24
Delineante Proyectista1,24
Delineante1,07
   C. Comerciales: 
Jefe de Ventas1,39
Técnico Comercial1,25
Vendedor1,11
Mandos Intermedios 
Jefe de Tráfico1,23
Jefe de Vigilancia1,2
Jefe de Servicios1,23
Jefe de Cámara o Tesorería1,23
Inspector1,18
Coordinador de servicios1,18
Supervisor CRA1,13
Personal Operativo 
   B. No Habilitado: 
Operador C. R. Alarmas0,77
Personal de Seguridad Mecánico-Electrónica 
Encargado1,43
Ayudante de Encargado0,77
Revisor de sistemas1,07
Oficial de Primera1,31
Oficial de Segunda1,18
Oficial de Tercera1,03
Especialista0,77
Operador de soporte técnico0,82
Aprendiz0,67
Personal de oficios Varios 
Oficial de Primera1,17
Oficial de Segunda0,90
Ayudante0,76
Peón0,76
Aprendiz0,65
Personal Subalterno 
Conductor0,91
Ordenanza0,83
Almacenero0,83
Limpiador-limpiadora0,76

h. Plus Fin de semana y Festivos.

Los importes de este Plus para el año 2007 serán los ya establecidos en el Convenio Colectivo.

Artículo 72. Complementos de Indemnizaciones o Suplidos.

a. Plus de distancia y Transporte. Su cuantía, en cómputo anual para el año 2007 será de 1.082,25 euros, distribuida en quince pagas, según se establece en la columna correspondiente de las tablas del anexo salarial.

b. Plus de mantenimiento y vestuario. Según se establece en la columna correspondiente a las tablas del anexo salarial.

Artículo 73. Cuantía de las Retribuciones.

Según tablas del anexo salarial.

Artículo 74. Pacto de Repercusión en Precios y Competencia Desleal.

Para el año 2007 se estiman los siguientes costes repercutibles:

 2007
V. Seguridad sin arma
-
Euros
V. Seguridad con arma
-
Euros
Costes convenio14,215,18
Coste hora nocturna1,341,34
Coste hora fin de semana o festivo1,071,07
Antigüedad:  
C/ Trienios0,290,29
C/ Quinquenios0,380,38

Artículo 76. Premio de vinculación.

Para el año 2007 se establecen los siguientes importes:

EdadEuros
606.696,01
616.343,59
625.991,16
635.638,74

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.

En cumplimiento de lo dispuesto en esta disposición adicional primera del Convenio Colectivo, y como consecuencia de la modificación del Código Penal y del Reglamento de Explosivos, que supone una mayor responsabilidad de los vigilantes de explosivos en el ejercicio de sus funciones, se procede a un incremento en 20 euros del plus de actividad del vigilante de explosivos-conductor y del vigilante de transporte de explosivos, así como a la incorporación de un nuevo plus de actividad de 20 euros para los vigilantes de explosivos.

Tablas del Anexo Salarial

 Salario Base
2007
-
Euros
Plus Peligrosidad
2007
-
Euros
Plus Actividad
2007
-
Euros
Plus Transporte
2007
-
Euros
Plus Vestuario
2007
-
Euros
Total 2007
-
Euros
Personal Directivo, Titulado y Técnico      
Director General1.632,03  72,15 1.704,18
Director Comercial1.473,57  72,15 1.545,72
Director Administrativo1.473,57  72,15 1.545,72
Director Técnico1.473,57  72,15 1.545,72
Director de Personal1.473,57  72,15 1.545,72
Jefe de Personal1.315,07  72,15 1.387,22
Jefe de Seguridad1.315,07  72,15 1.387,22
Titulado Superior1.315,07  72,15 1.387,22
Titulado Medio /Técnico de prevención grado superior1.156,54  72,15 1.228,69
Delegado Provincial-Gerente1.156,54  72,15 1.228,69
Personal Administrativo      
   A. Administrativos:      
Jefe de Primera1.088,01 68,5372,15 1.228,69
Jefe de Segunda1.015,04 78,1472,15 1.165,33
Oficial de Primera879,32 97,6172,15 1.049,08
Oficial de Segunda832,46 102,1972,15 1.006,80
Azafata/o759,40 111,8572,15 943,40
Auxiliar759,40 111,8572,15 943,40
Telefonista649,76 126,3872,15 848,29
Aspirante565,67 115,3972,15 753,21
   B. Técnicos y Especialistas de oficina:      
Analista1.315,07  72,15 1.387,22
Programador de Ordenador1.156,54  72,15 1.228,69
Operador/Grabador Ordenador879,70 97,2372,15 1.049,08
Técnico de formación, técnico de Prevención intermedio1.013,01 80,1772,15 1.165,33
Delineante Proyectista1.013,01 80,1772,15 1.165,33
Delineante879,70 97,2372,15 1.049,08
   C. Comerciales:      
Jefe de Ventas1.086,22 70,3272,15 1.228,69
Técnico Comercial1.013,01 80,1772,15 1.165,33
Vendedor903,06 94,9972,15 1.070,20
Mandos intermedios      
Jefe de Tráfico1.152,73 9,2872,15 1.234,16
Jefe de Vigilancia1.152,73 9,2872,15 1.234,16
Jefe de Servicios1.152,73 9,2872,15 1.234,16
Jefe de Cámara o Tesorería de manipulado1.152,73 9,2872,15 1.234,16
Inspector1.094,37 21,3672,15 1.187,88
Coordinador de servicios1.094,37 21,3672,15 1.187,88
Supervisor CRA1.054,57 9,2872,15 1.136,00
Personal Operativo      
   A. Habilitado:      
Vigilante de Seguridad de Transporte-Conductor922,62129,00118,1672,1572,161.314,09
Vigilante de Seguridad de Transporte880,42129,00118,1672,1572,161.271,89
Vigilante de Seguridad de Transporte Explosivos - Conductor922,62137,38100,5172,1572,161.304,82
Vigilante de Seguridad de Transporte Explosivos880,42137,38100,5172,1572,161.262,62
Vigilante de Explosivos832,76151,0020,0072,1571,531.147,44
Vigilante de Seguridad832,7615,00 72,1571,53991,44
Guarda Particular de Campo (Pesca Marítima, Caza, etc)832,76146,50 72,1571,531.122,94
   B. No habilitado:      
Operador CR Alarmas662,49  72,1546,39781,03
Contador-Pagador773,16 25,0072,1548,90919,21
Personal de Seguridad Mecánico-Electrónica      
Encargado1.144,19  72,1549,361.265,70
Ayudante de Encargado683,78  72,1572,16828,09
Revisor de Sistemas890,32  72,1559,121.021,59
Oficial de Primera1.072,69  72,1549,371.194,21
Oficial de Segunda958,56  72,1553,271.083,98
Oficial de Tercera845,43  72,1566,66984,24
Especialista683,78  72,1572,16828,09
Operador de soporte técnico743,18  72,1572,16887,49
Aprendiz583,25  72,1524,96680,36
Personal de Oficios Varios      
Oficial de Primera929,82 69,8572,15 1.071,82
Oficial de Segunda756,07 83,4972,15 911,71
Ayudante645,29 99,1472,15 816,58
Peón645,31 35,7272,15 753,18
Aprendiz563,46 38,3272,15 673,93
Personal Subalterno      
Conductor770,45 131,2972,1572,161.046,05
Ordenanza702,38 26,3072,15 800,83
Almacenero702,38 26,3072,15 800,83
Limpiador-Limpiadora645,31 35,7272,15 753,18

 


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